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Casos De
Estudio |
Sucesos
Relevantes |
Amenazas
Según El Código De Ética Del Iesba |
Salvaguardas
Según El Código De Ética Del Iesba |
Actuación De
Los Órganos De Control |
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Fundación Universitaria
San Martin |
1.Desvío de fondos al exterior: se desvió
dinero de matrículas académicas por parte de las directivas al extranjero
evitando el pago de obligaciones laborales y tributarias. 2. Intervención
del Ministerio de Educación: se interviene la fundación por irregularidades
administrativas y financieras. La intervención buscaba proteger los derechos
de los estudiantes y garantizar la continuidad de los programas académicos,
pues se encontraron deudas acumuladas afectando a docentes, proveedores y
estudiantes. 3.Inconsistencias en los documentos de los predios:
la sede de Cali estaba en riesgo de ser embargada debido a un pleito legal,
pues habia sido puesta como garantía de pago en medio de la crisis financiera
de la institución y contaba con inconsistencias en el documento de propiedad
del predio, dando paso a denuncias por estafa, fraude procesal, falsedad y
uso de documento público falso. |
1. Amenaza De
Interés Propio: en
primera medida las
directivas desviaron fondos provenientes de matrículas académicas hacia
cuentas en el extranjero, priorizando su beneficio personal sobre el cumplimiento
de sus responsabilidades fiscales y laborales. En segunda instancia al no
reportar las deudas acumuladas a proveedores y docentes, los responsables
financieros buscaron proteger su imagen y evitar sanciones, sin considerar el
impacto en terceros. Y finalmente, esta amenaza también se presentó cuando la
administración puso en garantía un predio con documentos inconsistentes,
priorizando la obtención de recursos financieros a costa de la estabilidad
institucional y la legalidad. |
1.Fortalecimiento
de los mecanismos de auditoría y supervisión a través de la implementación de
auditorias forenses que permitan identificar la responsabilidad en la
falsificación de documentos y fraudes financieros. 2.La
implementación de un sistema de
control interno independiente, que asegure la
veracidad y confiabilidad de la información financiera. 3.Implementar
medidas de protección y sanción.
Se debe garantizar la protección
legal a los empleados que denuncien irregularidades
financieras, evitando represalias y fomentando una cultura de denuncia ética. 4.
Aplicar sanciones disciplinarias y legales
a los responsables de los fraudes detectados, asegurando que actos ilícitos
como la falsificación de documentos y el desvío de recursos sean castigados
conforme a la ley. |
Fiscalía
General de la Nación: emitió
ordenes de captura contra algunos miembros del consejo directivo por
presuntas irregularidades administrativas, fraude procesal, falsedad en
documento público, estafa agravada y fraude a resolución judicial. |
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SaludCoop |
1.Desvio de recursos públicos: se usan
recursos públicos destinados para la prestación de los servicios de salud en inversiones
nacionales e internacionales, adquisición de activos fijos, préstamos a
socios y trabajadores, y pago de deudas. 2. Irregularidades
en el registro de datos de afiliados: Se
detectaron anomalías en los registros de los usuarios, las cuales consistieron
en registrar afiliados mayores de edad con documentos de menores,
discrepancias en los apellidos de padres y madres, cambios de sexo en los
registros y cédulas no vigentes. De tal manera que estas irregularidades
permitieron a SaludCoop recibir compensaciones indebidas por parte del Estado. 3. Intervención
y liquidación de SaludCoop: Se interviene por la Superintendencia Nacional de Salud
la Eps SaludCoop debido a las irregularidades financieras y administrativas
detectadas. A pesar de la intervención, la situación no mejoró, y se ordenó
la liquidación de la Eps, afectando a millones de afiliados que tuvieron que
ser trasladados a otras entidades prestadoras de salud. 4. proceso judicial contra el presidente de Eps salud
coop: la Fiscalía General de la Nación
capturó a Carlos Palacino, por el delito de peculado por apropiación a favor
de terceros y apropiación indebida de recursos públicos destinados a la salud. |
1.
Amenaza De Interés Propio: Se manifiesta en dos niveles. En
primer lugar, los directivos de la EPS utilizaron fondos públicos para
inversiones nacionales e internacionales, adquisición de activos fijos y
préstamos personales, priorizando su beneficio económico sobre la prestación
de servicios de salud. En segundo lugar, esta amenaza se evidenció en la
manipulación de la base de datos de afiliados con información falsa, lo que
permitió a SaludCoop recibir compensaciones económicas indebidas por parte del
Estado. 2.
Amenaza De Autorrevisión: los contadores y auditores internos
validaron los movimientos financieros sin alertar a los órganos de control,
incurriendo en una falta ética al revisar información que ellos mismos
pudieron haber manipulado; a su vez esta amenaza también estuvo presente
durante la intervención de la Superintendencia
Nacional de Salud, pues los funcionarios supervisores
pudieron haber evaluado decisiones financieras que previamente habían
aprobado, afectando la objetividad del proceso. 3. Amenaza De Intimidación: Se
presentó en dos instancias. Primero, los empleados encargados de la
contabilidad y auditoría fueron presionados por las directivas para aprobar
transacciones irregulares y evitar su reporte a los entes de control.
Segundo, durante la intervención de la EPS, algunos funcionarios de la
Superintendencia o de la propia entidad pudieron haber sido presionados para
retrasar o modificar informes sobre la situación financiera real de
SaludCoop. 4.Amenaza De Defensa: los responsables del área
contable y financiera pudieron haber actuado en favor de la administración,
justificando o encubriendo las irregularidades detectadas en los registros de
afiliados y estados financieros. 5.
Amenaza De Familiaridad:
se afectó la independencia de los auditores
y supervisores, pues la relación cercana con los directivos de la EPS pudo haber
dificultado la detección y corrección de las irregularidades a tiempo,
permitiendo que el fraude se prolongara durante años. |
1. Auditoría y Supervisión
Independiente por medio de la implementación de auditorías externas independientes y regulares para
verificar la veracidad de la información financiera y contable, a su vez
designar interventores con total
independencia del grupo directivo de las EPS para supervisar la gestión
financiera y operativa y aplicar revisiones
periódicas por parte de la Contraloría General de la República, la
Superintendencia Nacional de Salud y la Fiscalía General de la Nación para
detectar y corregir irregularidades a tiempo. 2. La transparencia y control en
la gestión de datos, pues es necesario el establecimiento de sistemas de
auditoría de datos que permitan verificar la autenticidad de la información
de los afiliados y prevenir fraudes en el registro de usuarios; así como la realización de cruces de
información con bases de datos oficiales, como la Registraduría Nacional del
Estado Civil y la Superintendencia de Salud, para detectar inconsistencias en
los registros de afiliados. 3. la Participación Ciudadana y la Rendición
de Cuentas, las cuales través del desarrollo de mecanismos de participación
ciudadana permiten la vigilancia y el control social sobre el uso de los
recursos de la salud, facilitando el acceso a la información pública; a si
como el establecimiento de la obligatoriedad de rendición de cuentas periódica
ante los órganos de control y la sociedad civil, garantizando la
transparencia en la gestión. 4. las Sanciones y Medidas Correctivas,
es decir la aplicación de sanciones efectivas
y ejemplares contra los responsables de la malversación de fondos públicos,
incluyendo inhabilitaciones, multas y acciones judiciales las cuales se
logran por medio del fortalecimiento de los mecanismos de control interno en
la administración del sistema de salud para evitar futuras irregularidades y
mejorar la eficiencia en la prestación del servicio. |
Fiscalía General de la Nación: se
desarrolla orden de captura al representante legal de la EPS por presuntas
irregularidades en la apropiación de recursos públicos destinados a la salud,
asi como peculado por apropiación a favor de terceros. |
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Reficar |
1.Sobrecostos
En El Proyecto
De Modernización Y Expansión De La Refinería De Cartagena: la Contraloría General de la
República inició una investigación para determinar posibles responsabilidades
fiscales debido a los sobrecostos, generando un detrimento patrimonial de
$2,9 billones para la Nación; los responsables de estas acciones fueron miembros
de la junta directiva y altos ejecutivos de la empresa. 2.Anulacion De La Decisión De La Contraloria Por
El Tribunal Administrativo De Cundinamarca:
El tribunal determinó
que la contraloría no logró demostrar de manera fehaciente la existencia de
un daño patrimonial. Indicando que las adiciones presupuestales aprobadas por
la junta directiva de la empresa fueron necesarias para la culminación del
proyecto, de lo contrario la refinería podría no haber entrado en operación. 3. Demanda internacional y soberanía judicial: Se presenta
una demanda contra Colombia ante el Centro
Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)
por dos empresas estadounidenses involucradas en el proyecto alegando
violaciones a acuerdos comerciales debido a las acciones de la Contraloría. Sin
embrago el tribunal arbitral declaró inadmisible la demanda, reafirmando que
las cortes colombianas son soberanas para resolver litigios administrativos entre
el Estado y empresas extranjeras. |
1.
Amenaza de interés propio: Se
evidenció en dos niveles, por un lado por parte de los miembros de la junta
directiva y altos ejecutivos, quienes pudieron haber tomado decisiones
financieras favoreciendo intereses personales o empresariales en lugar de
garantizar el uso eficiente de los recursos públicos. Y por otra parte las empresas extranjeras involucradas
en el proyecto, buscaron beneficios económicos mediante la demanda
internacional, priorizando sus intereses comerciales sobre el cumplimiento de
la normativa colombiana. 2. Amenaza de autorrevisión: Los
auditores y supervisores internos que participaron en la aprobación de costos
adicionales pudieron haber evaluado sus propias decisiones previas, afectando
su objetividad al revisar las irregularidades del proyecto. Ahora bien los jueces y expertos técnicos que revisaron
el caso pudieron haber tenido relaciones previas con la administración de
Reficar, lo que podría haber comprometido su imparcialidad en la toma de
decisiones. 3. Amenaza de intimidación: Algunos
funcionarios encargados de la auditoría y supervisión del proyecto pudieron
haber sido presionados para justificar los sobrecostos y evitar que se
evidenciaran fallas en la planificación y ejecución. A su vez, la demanda ante el Centro Internacional de
Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) pudo haber ejercido
presión sobre las autoridades colombianas, buscando influir en la resolución
del caso a favor de las empresas demandantes. 4. Amenaza de familiaridad: La relación
cercana entre actores judiciales y administrativos pudo haber afectado la
imparcialidad en la evaluación del caso, influyendo en la anulación de la
decisión de la Contraloría por parte del Tribunal Administrativo de
Cundinamarca. 5. Amenaza de defensa: Los
directivos y funcionarios de Reficar pudieron haber justificado los
sobrecostos argumentando que eran necesarios para completar la refinería, aun
cuando existían fallas en la planeación y ejecución del proyecto. A su vez algunos actores involucrados en el proceso
legal pudieron haber defendido la gestión del proyecto con argumentos
jurídicos, minimizando las fallas administrativas y financieras evidenciadas. |
1. La Supervisión Y Control En La Gestión Financiera, por
medio de la implementación de auditorías externas e independientes que
permitan una evaluación objetiva de la gestión financiera del proyecto,
asegurando el uso eficiente de los recursos públicos; a su vez el fortalecimiento
de los sistemas de control interno en proyectos de infraestructura pública,
con mecanismos para la prevención de sobrecostos y la detección temprana de
irregularidades. 2. La Transparencia y Responsabilidad en la Revisión de
Decisiones Judiciales, de tal manera que se permita garantizar la independencia
de los jueces y auditores en la revisión de casos de corrupción o mal manejo
de recursos públicos, evitando influencias externas en sus decisiones; asi
como la exigencia en revisión de decisiones judiciales en temas de
sobrecostos por múltiples organismos de control para minimizar conflictos de
interés y asegurar la imparcialidad. Por otro lado la implementación de procesos de
transparencia que permitan a la ciudadanía y a los entes de control acceder a
la información sobre decisiones judiciales y su impacto en la administración
pública. 3.La Regulación de la Participación Extranjera en
Proyectos Públicos, es necesario el fortalecimiento de la soberanía
judicial colombiana para evitar que decisiones nacionales sean condicionadas
por tribunales internacionales en litigios con empresas extranjeras; con la
aplicación de mecanismos de control en la contratación de empresas
extranjeras, se garantiza que sus operaciones cumplan con la normativa
colombiana y las mejores prácticas de gestión pública. |
1.Contraloría
General de la República: inició
una investigación para determinar posibles responsabilidades fiscales debido
a los sobrecostos en el Proyecto de Modernización y Expansión de la Refinería
de Cartagena. Los responsables de estas acciones fueron miembros de la junta
directiva y altos ejecutivos de la empresa. 2.Tribunal
Administrativo de Cundinamarca: anuló la decisión de la Contraloría, argumentando que
no se demostró de manera fehaciente la existencia de un daño patrimonial, ya
que las adiciones presupuestales aprobadas por la junta directiva de la
empresa fueron necesarias para la culminación del proyecto. 3.Centro
Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI): declara inadmisible la demanda presentada por las empresas
extranjeras participes del proyecto, reafirmando que las cortes colombianas
son soberanas para resolver litigios administrativos entre el Estado y
empresas extranjeras. |
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